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Diferencia entre revisiones de «Actor sequitur forum rei»
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Revisión actual - 20:38 19 mar 2024
Actor sequitur forum rei[1] es una locución latina empleada en el derecho procesal que viene a significar que el demandante debe litigar en el foro del demandado. Se trata de poner de manifiesto el principio general de que en el pleito prevalece la jurisdicción territorial o personal del demandado.[2]
Es uno de los brocardos jurídicos recogidos en las denominadas Regulae Iuris que aparecen cerrando el Liber Sextus, de Bonifacio VIII.
Referencias
- ↑ Ojea, Ignacio Aymerich (30 de junio de 2004). Lecciones de derecho comparado. Universitat Jaume I. ISBN 9788480214155. Consultado el 12 de noviembre de 2015.
- ↑ «Diccionario Jurídico - Actor sequitur forum rei» (en francés). Archivado desde el original el 14 de agosto de 2009.