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Ocurrida después de que el monarca [[arrianismo|arriano]] Recaredo se convirtiera al [[catolicismo]], la conspiración estuvo encabezada por el [[obispo]] arriano de [[Mérida (España)|Mérida]] [[Sunna (obispo arriano)|Sunna]] y los [[conde]]s (''comites civitatis'')<ref>. Juan José Sayas Abengoechea, ''Historia Antigua de la Península Ibérica (II)''. Uned 2003 ISBN 84-362-4908-9. Pág. 237.</ref>Segga, Vagrila y [[Witerico]] (que años después sería elegido rey) con el objetivo de asesinar a [[Masona]], obispo católico de Mérida, al ''[[Dux (visigodo)|dux]]'' de [[Lusitania]] Claudio y al monarca legítimo, colocando en su puesto al propio Segga. | Ocurrida después de que el monarca [[arrianismo|arriano]] Recaredo se convirtiera al [[catolicismo]], la conspiración estuvo encabezada por el [[obispo]] arriano de [[Mérida (España)|Mérida]] [[Sunna (obispo arriano)|Sunna]] y los [[conde]]s (''comites civitatis'')<ref>. Juan José Sayas Abengoechea, ''Historia Antigua de la Península Ibérica (II)''. Uned 2003 ISBN 84-362-4908-9. Pág. 237.</ref> Segga, Vagrila y [[Witerico]] (que años después sería elegido rey) con el objetivo de asesinar a [[Masona]], obispo católico de Mérida, al ''[[Dux (visigodo)|dux]]'' de [[Lusitania]] Claudio y al monarca legítimo, colocando en su puesto al propio Segga. | ||
Los conjurados lo intentaron en dos ocasiones: primero en una entrevista, pero fallaron. La segunda ocasión se presentó en una procesión en honor de [[Eulalia de Mérida|Santa Olalla]] a la que tenían previsto asistir Masona y Claudio. | Los conjurados lo intentaron en dos ocasiones: primero en una entrevista, pero fallaron. La segunda ocasión se presentó en una procesión en honor de [[Eulalia de Mérida|Santa Olalla]] a la que tenían previsto asistir Masona y Claudio. | ||
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Pero un nuevo fracaso llevó a Witerico a denunciar a sus anteriores compañeros, quienes fueron descubiertos y reprimidos por Claudio. Los conjurados fueron desposeídos de sus cargos y posesiones y enviados al exilio, pagando en sus carnes la sublevación.<ref>{{cita web |url=http://revistas.um.es/ayc/article/viewFile/58871/56691 |título=Los visigodos. Historia y civilización |fechaacceso= 14 de abril de 2010 |añoacceso= |autor= |apellido= |nombre= |enlaceautor= |coautores= |fecha= |año= |mes= |formato= |obra= |editorial= |páginas= 3-5|idioma= |doi= |urlarchivo= |fechaarchivo= |cita= }}</ref> | Pero un nuevo fracaso llevó a Witerico a denunciar a sus anteriores compañeros, quienes fueron descubiertos y reprimidos por Claudio. Los conjurados fueron desposeídos de sus cargos y posesiones y enviados al exilio, pagando en sus carnes la sublevación.<ref>{{cita web |url=http://revistas.um.es/ayc/article/viewFile/58871/56691 |título=Los visigodos. Historia y civilización |fechaacceso= 14 de abril de 2010 |añoacceso= |autor= |apellido= |nombre= |enlaceautor= |coautores= |fecha= |año= |mes= |formato= |obra= |editorial= |páginas= 3-5|idioma= |doi= |urlarchivo= |fechaarchivo= |cita= }}</ref> | ||
Según el cronista [[Juan de Biclaro]], Segga sufrió un castigo ejemplar y común en el mundo tardo romano:<ref>. R. S. LÓPEZ, ''Byzantine Law in the Seventh Century and its Receptions by the Germans and the Arabs: Byzantion'' 16, 2 (1942-1943) 454, para esta pena usada para los crímenes de lesa maiestas en el Imperio Tardío para los usurpadores.</ref> la amputación de ambas manos,<ref>. Iohann. Bicl., ''Chron. ad a. 588.1'': “et Segga manibus amputatis in Gallaeciam exul transmittitur”.</ref> lo que le impedía el ejercicio de actividades militares, condición indispensable para ser elegido rey, siendo luego desterrado a [[Gallaecia]]. Por su parte, Vagrila huyó a la [[Basílica de Santa Eulalia (Mérida)|Iglesia de Santa Eulalia]] y el obispo Sunna fue desterrado a [[Mauritania (antigüedad)|Mauretania]]. Son por lo tanto castigos ejemplares pero hasta cierto punto magnánimos, si se comparan con los recibidos por rebeldes posteriores que fueron ejecutados, como [[Argimundo]]<ref>. ''Los exilios de católicos y arrianos bajo Leovigildo y Recaredo'', pág. 10, Margarita Vallejo Girvés.</ref>dux de una provincia, tal vez la [[Cartaginensis|Cartaginesa]] (aunque otras versiones limitan el castigo a la amputación de la mano derecha y la [[decalvación]]) | Según el cronista [[Juan de Biclaro]], Segga sufrió un castigo ejemplar y común en el mundo tardo romano:<ref>. R. S. LÓPEZ, ''Byzantine Law in the Seventh Century and its Receptions by the Germans and the Arabs: Byzantion'' 16, 2 (1942-1943) 454, para esta pena usada para los crímenes de lesa maiestas en el Imperio Tardío para los usurpadores.</ref> la amputación de ambas manos,<ref>. Iohann. Bicl., ''Chron. ad a. 588.1'': “et Segga manibus amputatis in Gallaeciam exul transmittitur”.</ref> lo que le impedía el ejercicio de actividades militares, condición indispensable para ser elegido rey, siendo luego desterrado a [[Gallaecia]]. Por su parte, Vagrila huyó a la [[Basílica de Santa Eulalia (Mérida)|Iglesia de Santa Eulalia]] y el obispo Sunna fue desterrado a [[Mauritania (antigüedad)|Mauretania]]. Son por lo tanto castigos ejemplares pero hasta cierto punto magnánimos, si se comparan con los recibidos por rebeldes posteriores que fueron ejecutados, como [[Argimundo]]<ref>. ''Los exilios de católicos y arrianos bajo Leovigildo y Recaredo'', pág. 10, Margarita Vallejo Girvés.</ref> dux de una provincia, tal vez la [[Cartaginensis|Cartaginesa]] (aunque otras versiones limitan el castigo a la amputación de la mano derecha y la [[decalvación]]) | ||
Los motivos de la revuelta no fueron tanto religiosos, aunque es seguro que contaron con el apoyo de arrianos o católicos [[Cristiano converso|conversos]] superficialmente, sino más bien políticos, pues el arrianismo había sido hasta los tiempos de [[Leovigildo]], padre de Recaredo, la religión oficial del Estado y el medio de medrar en el ámbito del poder de la administración goda en el [[Reino Visigodo]]. | Los motivos de la revuelta no fueron tanto religiosos, aunque es seguro que contaron con el apoyo de arrianos o católicos [[Cristiano converso|conversos]] superficialmente, sino más bien políticos, pues el arrianismo había sido hasta los tiempos de [[Leovigildo]], padre de Recaredo, la religión oficial del Estado y el medio de medrar en el ámbito del poder de la administración goda en el [[Reino Visigodo]]. | ||
Revisión del 18:05 8 ene 2024
| Segga | ||
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Segga fue un personaje visigodo que intentó usurpar el trono al rey Recaredo I en el año 587.
La conspiración
Ocurrida después de que el monarca arriano Recaredo se convirtiera al catolicismo, la conspiración estuvo encabezada por el obispo arriano de Mérida Sunna y los condes (comites civitatis)[1] Segga, Vagrila y Witerico (que años después sería elegido rey) con el objetivo de asesinar a Masona, obispo católico de Mérida, al dux de Lusitania Claudio y al monarca legítimo, colocando en su puesto al propio Segga.
Los conjurados lo intentaron en dos ocasiones: primero en una entrevista, pero fallaron. La segunda ocasión se presentó en una procesión en honor de Santa Olalla a la que tenían previsto asistir Masona y Claudio.
Pero un nuevo fracaso llevó a Witerico a denunciar a sus anteriores compañeros, quienes fueron descubiertos y reprimidos por Claudio. Los conjurados fueron desposeídos de sus cargos y posesiones y enviados al exilio, pagando en sus carnes la sublevación.[2]
Según el cronista Juan de Biclaro, Segga sufrió un castigo ejemplar y común en el mundo tardo romano:[3] la amputación de ambas manos,[4] lo que le impedía el ejercicio de actividades militares, condición indispensable para ser elegido rey, siendo luego desterrado a Gallaecia. Por su parte, Vagrila huyó a la Iglesia de Santa Eulalia y el obispo Sunna fue desterrado a Mauretania. Son por lo tanto castigos ejemplares pero hasta cierto punto magnánimos, si se comparan con los recibidos por rebeldes posteriores que fueron ejecutados, como Argimundo[5] dux de una provincia, tal vez la Cartaginesa (aunque otras versiones limitan el castigo a la amputación de la mano derecha y la decalvación)
Los motivos de la revuelta no fueron tanto religiosos, aunque es seguro que contaron con el apoyo de arrianos o católicos conversos superficialmente, sino más bien políticos, pues el arrianismo había sido hasta los tiempos de Leovigildo, padre de Recaredo, la religión oficial del Estado y el medio de medrar en el ámbito del poder de la administración goda en el Reino Visigodo.
Fuentes
- Edward Arthur Thompson. Los godos en España. Oxford: Clarendon Press, 1969. ISBN 0 19 814271 4.
- Collins, Roger. España visigoda, 409-711. Oxford: Blackwell Publishing, 2004. ISBN 0 631 18185 7.
- Collins, Roger. El Rey Leovigildo y la conversión de los visigodos. Ley, Regionalismo y Cultura en la España medieval temprana. Variorum, 1992. ISBN 0 86078 308 1.
Véase también
Referencias
Notas
- ↑ . Juan José Sayas Abengoechea, Historia Antigua de la Península Ibérica (II). Uned 2003 ISBN 84-362-4908-9. Pág. 237.
- ↑ «Los visigodos. Historia y civilización». pp. 3-5. Consultado el 14 de abril de 2010.
- ↑ . R. S. LÓPEZ, Byzantine Law in the Seventh Century and its Receptions by the Germans and the Arabs: Byzantion 16, 2 (1942-1943) 454, para esta pena usada para los crímenes de lesa maiestas en el Imperio Tardío para los usurpadores.
- ↑ . Iohann. Bicl., Chron. ad a. 588.1: “et Segga manibus amputatis in Gallaeciam exul transmittitur”.
- ↑ . Los exilios de católicos y arrianos bajo Leovigildo y Recaredo, pág. 10, Margarita Vallejo Girvés.
Enlaces externos
- Esta obra contiene una traducción derivada de «Segga» de Wikipedia en inglés, publicada por sus editores bajo la Licencia de documentación libre de GNU y la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional.
- «Artículo sobre exilios y castigos de reyes visigodos a usurpadores y sublevados». Archivado desde el original el 18 de noviembre de 2008. Consultado el 6 de febrero de 2010.
Bibliografía
- Juan José Sayas Abengoechea, Historia Antigua de la Península Ibérica (II). Uned 2003 ISBN 84-362-4908-9
- José Orlandis, Historia del Reino visigodo español: Los acontecimientos, las instituciones, la sociedad, los protagonistas. Publicado por Ediciones Rialp, 2003 ISBN 84-321-3469-4