Diferencia entre revisiones de «Lex Flavia Malacitana»

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La '''''Lex Flavia Malacitana''''', también conocida como ''Lex Malacae'', es un compendio de cinco tablas compuestas por estatutos jurídicos que establecen el paso de la ciudad de ''[[Malaca (Hispania)|Malaca]]'' ([[Málaga]]) de ciudad [[foederati|federada]] a [[municipium|municipio]] de derecho Latino menor dentro del [[Imperio romano]].  
La '''''Lex Flavia Malacitana''''', también conocida como ''Lex Malacae'', era un compendio de estatutos jurídicos que establecían el paso de la ciudad de ''[[Malaca (Hispania)|Malaca]]'' ([[Málaga]]) de ciudad [[foederati|federada]] a [[municipium|municipio]] de derecho Latino menor dentro del [[Imperio romano]]. Esta concesión de ciudadanía se materializó entre los años 81 y 96 y se grabó en cinco tablas de bronce, de las cuales solamente se conserva una. Esta forma parte de los fondos del [[Museo Arqueológico Nacional (España)|Museo Arqueológico Nacional]] de España.  


En diciembre de 2016 se llevó una petición al [[Congreso de los Diputados]] para que la obra fuera devuelta a Málaga coincidiendo con la apertura del [[Museo de Málaga]],<ref>{{Cita noticia|título=La Lex Flavia Malacitana llega al Congreso|url=http://www.diariosur.es/culturas/201612/15/flavia-malacitana-llega-congreso-20161214230102.html|fecha=14 de diciembre de 2016|fechaacceso=20 de junio de 2017|periódico=SUR.es|idioma=es-ES}}</ref> a lo que el [[Ministerio de Educación, Cultura y Deporte|Ministerio de Cultura]] respondió que lo estudiaría.<ref>{{Cita noticia|título=El PP anuncia que el ministro estudiará que la Lex Flavia Malacitana venga a Málaga|url=http://www.diariosur.es/culturas/201612/16/anuncia-ministro-estudiara-flavia-20161216131540.html|fecha=16 de diciembre de 2016|fechaacceso=20 de junio de 2017|periódico=SUR.es|idioma=es-ES}}</ref> Con fecha 12 de marzo de 2018 se hace pública la respuesta del Gobierno, en forma de tajante negativa, incluso a una cesión temporal.<ref>[http://www.diariosur.es/culturas/gobierno-rechaza-cesion-20180312143812-nt.html El Gobierno rechaza la cesión a Málaga de la Lex Flavia]. En una respuesta parlamentaria al PSOE, el Ejecutivo se niega al traslado permanente o temporal del acta fundacional de la ciudad (Diario Sur, 12 marzo 2018, cons. el 13-3-2018).</ref>  
En diciembre de 2016 se llevó una petición al [[Congreso de los Diputados]] para que la tabla fuera devuelta a Málaga coincidiendo con la apertura del [[Museo de Málaga]],<ref>{{Cita noticia|título=La Lex Flavia Malacitana llega al Congreso|url=http://www.diariosur.es/culturas/201612/15/flavia-malacitana-llega-congreso-20161214230102.html|fecha=14 de diciembre de 2016|fechaacceso=20 de junio de 2017|periódico=SUR.es|idioma=es-ES}}</ref> a lo cual el [[Ministerio de Educación, Cultura y Deporte|Ministerio de Cultura]] respondió, con fecha 12 de marzo de 2018 y después de un estudio,<ref>{{Cita noticia|título=El PP anuncia que el ministro estudiará que la Lex Flavia Malacitana venga a Málaga|url=http://www.diariosur.es/culturas/201612/16/anuncia-ministro-estudiara-flavia-20161216131540.html|fecha=16 de diciembre de 2016|fechaacceso=20 de junio de 2017|periódico=SUR.es|idioma=es-ES}}</ref> negando el traslado, ni siquiera de manera temporal.<ref>[http://www.diariosur.es/culturas/gobierno-rechaza-cesion-20180312143812-nt.html El Gobierno rechaza la cesión a Málaga de la Lex Flavia]. En una respuesta parlamentaria al PSOE, el Ejecutivo se niega al traslado permanente o temporal del acta fundacional de la ciudad (Diario Sur, 12 marzo 2018, cons. el 13-3-2018).</ref>  


== Historia ==
== Historia ==
La romanización de Málaga fue, como en la mayoría del sur de la [[Hispania Ulterior]], pacífica y llevada mediante pactos, ''[[foedus aequum]]'', de cierta amistad e igualdad. Durante esta época, el ''Municipium Malacitanum'' es punto de tránsito dentro de la [[Vía Hercúlea]], dinamizadora de la ciudad tanto económica como culturalmente, al comunicar ésta con otros enclaves desarrollados de la Hispania Interior y con los demás puertos del [[Mediterráneo]].
La romanización de Málaga fue, como en la mayoría del sur de la [[Hispania Ulterior]], pacífica y llevada mediante pactos, ''[[Foederati|foedus aequum]]'', de cierta amistad e igualdad. Durante esta época, el ''Municipium Malacitanum'' era un lugar de tránsito e intercambio dentro de la [[Vía Hercúlea]], dinamizadora de la ciudad tanto económica como culturalmente, al comunicarla con otros asentamientos del interior de [[Hispania]] y con los demás puertos del [[Mediterráneo]].


Tras las guerras civiles que estallan en [[Roma]] en el año [[68]]-[[69]] (el llamado "[[año de los cuatro emperadores]]"), resultó vencedora la facción de la que sería después la [[dinastía Flavia]], que contaba con buenos aliados en Hispania. En el año [[74]]<ref>Según otros autores, ello pudo ser ya en el propio año 69: [http://www.academia.edu/1075554/Oppida_stipendiaria_los_municipios_flavios_en_la_descripci%C3%B3n_de_Hispania_de_Plinio Alicia M. Canto, "''Oppida stipendiaria'': los municipios flavios en la descripción de ''Hispania'' de Plinio el Viejo"], ''Cuadernos de Prehistoria y Arqueología de la Universidad Autónoma de Madrid'' 23, 1996: 212-243, espec. pp. 239 y ss.</ref> la ciudad de Malaca pudo pedir al emperador [[Vespasiano]] que se le otorgara la ''Lex Flavia'', al amparo de la concesión de la latinidad a toda [[Hispania]]. Sin embargo, esta concesión de ciudadanía no se materializó hasta algún momento entre los años [[81]] y [[96]], ya bajo el mandato del emperador [[Domiciano]], el cual es citado dentro de los juramentos del texto.<ref name="Stylow">{{cita publicación
Tras las guerras civiles que se produjeron en el Imperio en 68-69 (el llamado "[[año de los cuatro emperadores]]"), resultó vencedor [[Vespasiano]], fundador de la [[dinastía Flavia]], quien contaba con buenos aliados en Hispania. En el año 74<ref>Según otros autores, ello pudo ser ya en el propio año 69: [http://www.academia.edu/1075554/Oppida_stipendiaria_los_municipios_flavios_en_la_descripci%C3%B3n_de_Hispania_de_Plinio Alicia M. Canto, "''Oppida stipendiaria'': los municipios flavios en la descripción de ''Hispania'' de Plinio el Viejo"], ''Cuadernos de Prehistoria y Arqueología de la Universidad Autónoma de Madrid'' 23, 1996: 212-243, espec. pp. 239 y ss.</ref> la ciudad de Malaca pudo pedirle a dicho emperador que se le otorgara la ''Lex Flavia'', al amparo de la concesión de la latinidad a toda Hispania. Sin embargo, esta concesión de ciudadanía no se materializó hasta algún momento entre los años 81 y 96, ya bajo el gobierno de [[Domiciano]], el cual es citado dentro de los juramentos del texto.<ref name="Stylow">{{cita publicación
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== Descubrimiento ==
== Descubrimiento ==
Las tablas fueron halladas en el año [[1851]], en la zona del [[El Ejido (Málaga)|Monte de El Ejido]], en la ciudad de [[Málaga]] por unos trabajadores de la zona cuya pretensión inicial era la venta de estas piezas como metal viejo (su peso es de unos 90 kg) a la familia Luque, broncistas. Antes de que fuesen fundidas, la noticia de la existencia de dichas tablas llegó a oídos del matrimonio malagueño formado por [[Amalia Heredia Livermore]] y [[Jorge Loring Oyarzábal]], quienes adquirieron las tablas con el fin de iniciar así una colección arqueológica.<ref name="diario_sur">{{cita web
Las tablas fueron halladas en el año 1851, en la zona del [[El Ejido (Málaga)|Monte de El Ejido]], en la ciudad de Málaga por unos trabajadores de la zona cuya pretensión inicial era la venta de estas piezas como metal viejo a la familia Luque, broncistas. Antes de que fuesen fundidas, la noticia de la existencia de dichas tablas llegó a oídos del matrimonio malagueño formado por [[Amalia Heredia Livermore]] y [[Jorge Loring Oyarzábal]], quienes adquirieron las tablas con el fin de iniciar así una colección arqueológica.<ref name="diario_sur">{{cita web
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|título = La Lex Flavia Malacitana, cuya copia se exhibe en la Aduana, fue salvada de la fundición por la familia Loring
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== Descripción de la Lex Flavia Malacitana ==
== Descripción de la Lex Flavia Malacitana ==
[[Archivo:Leyes romanas de Malaca.jpg|thumb|200px|Reproducción de la ''Lex Flavia Malacitana'' en el [[Museo Loringiano]] de Málaga.]]
[[Archivo:Leyes romanas de Malaca.jpg|thumb|200px|Reproducción de la ''Lex Flavia Malacitana'' en el [[Museo Loringiano]] de Málaga.]]
Estaba compuesta por cinco tablas de bronce; se conservan las que contienen las rúbricas de la 51 a la 69, y se encuentran en exhibición en el [[Museo Arqueológico Nacional (España)|Museo Arqueológico Nacional]] (Madrid).
Estas tablas municipales solían colocarse en un lugar destacado del [[Foro (arquitectura)|foro]], que constituía el centro político y religioso de las ciudades, con el objetivo de que todos los ciudadanos conocieran las normas del municipio.


Físicamente mide unos 89 cm de alto y 122 cm de ancho y tiene un grosor entre 0.9 m (izquierda) y 0.5 m (derecha). Los bordes superior e inferior son irregulares, mientras que los laterales son lisos, aunque las medidas totales con el marco son de 94 por 130 cm y su peso de 90 kg. La grabación del texto parece haber sido realizada antes de montar el marco, ya que hubiera sido un estorbo a la hora de manejar el buril.  
Originalmente compuesta por cinco tablas de bronce, sólo se conserva una de ellas que mide unos 89 cm de alto por 122 cm de ancho y tiene un grosor entre 0.9 cm (izquierda) y 0.5 cm (derecha). Los bordes superior e inferior son irregulares, mientras que los laterales son lisos, aunque las medidas totales con el marco llegan a 94 cm por 130 cm y su peso es de 90 kg. La grabación del texto parece haber sido realizada antes de montar el marco, ya que hubiera sido un estorbo a la hora de manejar el buril.  


El texto contiene parte de la versión de la ''Lex Latii'' dada por Domiciano al nuevo Municipio Flavio de Malaca, conservándose desde el capítulo 51 hasta el 66.
El texto contiene parte de la versión de la ''Lex Latii'' dada por Domiciano al nuevo Municipio Flavio de Malaca, conservándose desde el capítulo 51 hasta el 66.


Cada capítulo va precedido por su título, sangrado e introducido por una rúbrica. La primera línea de cada capítulo sobresale por la izquierda y empieza con una o dos letras más grandes o entrelazadas; debajo de ellas está el número del capítulo.  
Cada capítulo va precedido por su título, sangrado e introducido por una rúbrica. La primera línea de cada capítulo sobresale por la izquierda y empieza con una o dos letras más grandes o entrelazadas; debajo de ellas está el número del capítulo. Abundan las letras de gran tamaño, de las cuales algunas, como la I, T y L, son difíciles de distinguir. Algunas palabras olvidadas se añadieron en letras más pequeñas. Los signos de [[interpunción]] son pequeños triángulos colocados de manera poco sistemática. Conserva restos de pintura blanca, con la cual era frecuente destacar las letras en los bronces. El nombre de Domiciano fue borrado después de su muerte a causa de la ''[[damnatio memoriae]]'' ordenada por el [[Senado romano|Senado]] al advenimiento de [[Nerva]].  
 
Abundan las letras grandes. A veces es complicado distinguir letras como la I, T y L. Algunas palabras olvidadas se añadieron en letras más pequeñas sobre “comillas”. El nombre de Domiciano fue borrado después de su muerte y así aparece su [[damnatio memoriae]]. Los signos de interpunción son pequeños triángulos, colocados de manera poco sistemática. Conserva restos de pintura blanca, con la que era frecuente destacar las letras en los bronces.


== Contenido ==
== Contenido ==
La ''Lex Flavia Malacitana'' tiene un contenido semejante al de la [[Lex Salpensa]]na, conservamos diecinueve capítulos de la ley dada al ''Municipium Flavium Malacitanum''. A diferencia de aquella, el nombre de Domiciano, como se ha dicho, fue borrado en la tabla de Málaga, cuyo tratamiento de los temas municipales se refiere la mecánica global de accesos a las magistraturas.
La ''Lex Flavia Malacitana,'' en su estado actual, como se ha dicho, solamente conserva los diecinueve capítulos referidos al sistema y procesos de acceso a las magistraturas. Se encuentran en ella, por lo tanto, el procedimiento de elección y votación de los [[magistrado]]s por las [[Asambleas romanas|asambleas populares]]; la designación de patronos municipales; así como normas de gestión de fondos públicos. Se evidencia una organización censitaria, la cual distribuye las obligaciones y los derechos en función de la capacidad económica de los ciudadanos.


En ella podemos encontrar lo relativo al procedimiento de elección y votación de los [[magistrado]]s por las [[Asambleas romanas|asambleas populares]]; la designación de patronos municipales; así como normas de gestión de fondos públicos dirigidas a los magistrados municipales. Con esta ley se establece una organización censitaria, que distribuye las obligaciones y los derechos en función de la capacidad económica de los individuos.
Una parte de la ley coincide casi literalmente con los dos fragmentos hispalenses de la [[Lex Salpensa]]na (relativa a [[Utrera]]) y la [[Lex Irnitana]] que tratan de la obligación de restituir los fondos de la caja municipal, así como de la rendición de cuentas ante los [[Decurio|decuriones]] por negocios hechos como fondos públicos. A semejanza de la ley de Salpensa, son frecuentes las interpolaciones del texto primitivo, la ''Lex Flavia'' municipal.


Una parte de la ley de Málaga coincide casi literarmente con los dos fragmentos hispalenses de las leyes de Salpensa e [[Lex Irnitana|Irni]], que tratan de la obligación de restituir los fondos que se tuvieran de la caja municipal, así como de la rendición de cuentas ante los [[Decurio|decuriones]] por negocios hechos como fondos públicos.
El carácter urbano del Imperio romano es evidente en sus disposiciones, por ejemplo, la provisión de que los propietarios de edificios destruidos con o sin motivo suficiente, deberían reconstruirlos en un año o afrontar una multa; o que las obras iniciadas serían objeto de información pública mediante tablillas o carteles en las calles. También el carácter de las ciudades federadas, las cuales podían hacer uso de su propio ordenamiento jurídico, se manifiesta en el hecho de que los ciudadanos de ''Malaca'' podían presentar a sus candidatos a ediles locales sin necesidad de tener en cuenta las designaciones imperiales. Las tablas mencionan, también, aspectos relacionados con el [[Culto imperial (Antigua Roma)|culto imperial]].


Como en la ley de Salpensa, son frecuentes las interpolaciones del texto primitivo, Lex Flavia Municipal.
== Referencias ==
 
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El carácter urbano de Roma está latente en ella, por ello sus  leyes ciudadanas recogen diversas disposiciones en pro del interés urbanístico. Así, por ejemplo, establecía que los propietarios de edificios destruidos con o sin motivo suficiente, deberían reconstruirlos en un año o afrontar una multa; o que las obras iniciadas serían objeto de información pública mediante tablillas o carteles en las calles.


El carácter de las ciudades federadas, de hacer uso de su propio ordenamiento jurídico, se puede ver en el hecho de que los malagueños podían presentar a sus candidatos a ediles locales sin necesidad de tener en cuenta las designaciones imperiales.
== Bibliografía ==
 
{{refcomienza}}
También mencionaba aspectos como la religión o el culto al emperador divinizado.
 
Estas tablas municipales solían colocarse en un lugar destacado del [[Foro (arquitectura)|foro]], que constituía el centro político y religioso de las ciudades, con el objetivo de que todos los ciudadanos conocieran las normas que regían su municipio.
 
== Referencias ==
{{listaref}}
* Curso de Historia del Derecho, fuentes e instituciones político-administrativas de José Antonio Escudero.
* Curso de Historia del Derecho, fuentes e instituciones político-administrativas de José Antonio Escudero.
* Rodríguez de Berlanga, M.: ''Lex Flavia Malacitana'', Málaga 1969.
* Rodríguez de Berlanga, M.: ''Lex Flavia Malacitana'', Málaga 1969.
* León, R.; Canales, A: ''Lex Flavia Malacitana'', Delegación de Cultura, Excmo. Ayto. Málaga, 1978.
* León, R.; Canales, A: ''Lex Flavia Malacitana'', Delegación de Cultura, Excmo. Ayto. Málaga, 1978.
{{reftermina}}


== Enlaces externos ==
== Enlaces externos ==
*''[http://www.cedma.com/archivo/lex-flavia/lex_flavia.html 150 aniversario del descubrimiento de la LEX FLAVIA MALACITANA]'', en página del Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga ([http://www.cedma.com/ CEDMA]).
*[https://web.archive.org/web/20080223130436/http://www.cedma.com/archivo/lex-flavia/lex_flavia.html 150 aniversario del descubrimiento de la Lex Flavia Malacitana], en el sitio web del Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga (copia archivada en la [[Wayback Machine]]).
*''[http://www.laopiniondemalaga.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2867_2_111493__malaga-Libro-volcado-municipales-hace-veinte-siglos Un Día del Libro volcado en las municipales de hace veinte siglos]'', en Diario [http://www.laopiniondemalaga.es/ La Opinión de Málaga].
*''{{Enlace roto|1=[http://www.laopiniondemalaga.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2867_2_111493__malaga-Libro-volcado-municipales-hace-veinte-siglos Un Día del Libro volcado en las municipales de hace veinte siglos] |2=http://www.laopiniondemalaga.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2867_2_111493__malaga-Libro-volcado-municipales-hace-veinte-siglos }}'', en [[La Opinión de Málaga]].
*''[https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/825439.pdf]'' traducción de la Lex y comentario histórico
*[https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/825439.pdf Traducción de la Lex Flavia Malacitana y comentario histórico] (PDF 1.1 MB) de Miguel del Pino Roldán.


{{Control de autoridades}}
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[[Categoría:Epigrafía de la Hispania romana]]
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Revisión actual - 21:35 30 jul 2024

Lex Flavia Malacitana
Archivo:Lex malacitana ch 56.jpg
Creación Siglo I
Ubicación Museo Arqueológico Nacional, Bandera de la Ciudad de Madrid Madrid
Estilo Romano
Material Bronce
Dimensiones 89 x 122 cm
Peso 90 kg
Página no enlazada a Wikidata y añade el enlace en español: Lex Flavia Malacitana.

La Lex Flavia Malacitana, también conocida como Lex Malacae, era un compendio de estatutos jurídicos que establecían el paso de la ciudad de Malaca (Málaga) de ciudad federada a municipio de derecho Latino menor dentro del Imperio romano. Esta concesión de ciudadanía se materializó entre los años 81 y 96 y se grabó en cinco tablas de bronce, de las cuales solamente se conserva una. Esta forma parte de los fondos del Museo Arqueológico Nacional de España.

En diciembre de 2016 se llevó una petición al Congreso de los Diputados para que la tabla fuera devuelta a Málaga coincidiendo con la apertura del Museo de Málaga,[1] a lo cual el Ministerio de Cultura respondió, con fecha 12 de marzo de 2018 y después de un estudio,[2] negando el traslado, ni siquiera de manera temporal.[3]

Historia

La romanización de Málaga fue, como en la mayoría del sur de la Hispania Ulterior, pacífica y llevada mediante pactos, foedus aequum, de cierta amistad e igualdad. Durante esta época, el Municipium Malacitanum era un lugar de tránsito e intercambio dentro de la Vía Hercúlea, dinamizadora de la ciudad tanto económica como culturalmente, al comunicarla con otros asentamientos del interior de Hispania y con los demás puertos del Mediterráneo.

Tras las guerras civiles que se produjeron en el Imperio en 68-69 (el llamado "año de los cuatro emperadores"), resultó vencedor Vespasiano, fundador de la dinastía Flavia, quien contaba con buenos aliados en Hispania. En el año 74[4] la ciudad de Malaca pudo pedirle a dicho emperador que se le otorgara la Lex Flavia, al amparo de la concesión de la latinidad a toda Hispania. Sin embargo, esta concesión de ciudadanía no se materializó hasta algún momento entre los años 81 y 96, ya bajo el gobierno de Domiciano, el cual es citado dentro de los juramentos del texto.[5]

Descubrimiento

Las tablas fueron halladas en el año 1851, en la zona del Monte de El Ejido, en la ciudad de Málaga por unos trabajadores de la zona cuya pretensión inicial era la venta de estas piezas como metal viejo a la familia Luque, broncistas. Antes de que fuesen fundidas, la noticia de la existencia de dichas tablas llegó a oídos del matrimonio malagueño formado por Amalia Heredia Livermore y Jorge Loring Oyarzábal, quienes adquirieron las tablas con el fin de iniciar así una colección arqueológica.[6] Con posterioridad, Manuel Rodríguez de Berlanga y Rosado, cuñado de Jorge Loring, estudió, tradujo y divulgó entre los especialistas la Lex Flavia Malacitana, trabajos por los que fue nombrado caballero de la Orden de Isabel la Católica.[7][8]

Durante años, estas tablas fueron expuestas en el Museo Loringiano de la finca de la Concepción, pero los Loring decidieron vender su colección de bronces jurídicos al Estado para evitar de este modo que este valioso hallazgo se dispersara tras su muerte. Así pasaron a formar parte de los fondos del Museo Arqueológico Nacional. Actualmente, el Ayuntamiento de la ciudad posee una copia de dichas tablas, que expone en su Salón de Plenos. También puede contemplarse una copia expuesta en el Palacio de la Aduana de Málaga.

Descripción de la Lex Flavia Malacitana

Archivo:Leyes romanas de Malaca.jpg
Reproducción de la Lex Flavia Malacitana en el Museo Loringiano de Málaga.

Estas tablas municipales solían colocarse en un lugar destacado del foro, que constituía el centro político y religioso de las ciudades, con el objetivo de que todos los ciudadanos conocieran las normas del municipio.

Originalmente compuesta por cinco tablas de bronce, sólo se conserva una de ellas que mide unos 89 cm de alto por 122 cm de ancho y tiene un grosor entre 0.9 cm (izquierda) y 0.5 cm (derecha). Los bordes superior e inferior son irregulares, mientras que los laterales son lisos, aunque las medidas totales con el marco llegan a 94 cm por 130 cm y su peso es de 90 kg. La grabación del texto parece haber sido realizada antes de montar el marco, ya que hubiera sido un estorbo a la hora de manejar el buril.

El texto contiene parte de la versión de la Lex Latii dada por Domiciano al nuevo Municipio Flavio de Malaca, conservándose desde el capítulo 51 hasta el 66.

Cada capítulo va precedido por su título, sangrado e introducido por una rúbrica. La primera línea de cada capítulo sobresale por la izquierda y empieza con una o dos letras más grandes o entrelazadas; debajo de ellas está el número del capítulo. Abundan las letras de gran tamaño, de las cuales algunas, como la I, T y L, son difíciles de distinguir. Algunas palabras olvidadas se añadieron en letras más pequeñas. Los signos de interpunción son pequeños triángulos colocados de manera poco sistemática. Conserva restos de pintura blanca, con la cual era frecuente destacar las letras en los bronces. El nombre de Domiciano fue borrado después de su muerte a causa de la damnatio memoriae ordenada por el Senado al advenimiento de Nerva.

Contenido

La Lex Flavia Malacitana, en su estado actual, como se ha dicho, solamente conserva los diecinueve capítulos referidos al sistema y procesos de acceso a las magistraturas. Se encuentran en ella, por lo tanto, el procedimiento de elección y votación de los magistrados por las asambleas populares; la designación de patronos municipales; así como normas de gestión de fondos públicos. Se evidencia una organización censitaria, la cual distribuye las obligaciones y los derechos en función de la capacidad económica de los ciudadanos.

Una parte de la ley coincide casi literalmente con los dos fragmentos hispalenses de la Lex Salpensana (relativa a Utrera) y la Lex Irnitana que tratan de la obligación de restituir los fondos de la caja municipal, así como de la rendición de cuentas ante los decuriones por negocios hechos como fondos públicos. A semejanza de la ley de Salpensa, son frecuentes las interpolaciones del texto primitivo, la Lex Flavia municipal.

El carácter urbano del Imperio romano es evidente en sus disposiciones, por ejemplo, la provisión de que los propietarios de edificios destruidos con o sin motivo suficiente, deberían reconstruirlos en un año o afrontar una multa; o que las obras iniciadas serían objeto de información pública mediante tablillas o carteles en las calles. También el carácter de las ciudades federadas, las cuales podían hacer uso de su propio ordenamiento jurídico, se manifiesta en el hecho de que los ciudadanos de Malaca podían presentar a sus candidatos a ediles locales sin necesidad de tener en cuenta las designaciones imperiales. Las tablas mencionan, también, aspectos relacionados con el culto imperial.

Referencias

  1. «La Lex Flavia Malacitana llega al Congreso». SUR.es. 14 de diciembre de 2016. Consultado el 20 de junio de 2017. 
  2. «El PP anuncia que el ministro estudiará que la Lex Flavia Malacitana venga a Málaga». SUR.es. 16 de diciembre de 2016. Consultado el 20 de junio de 2017. 
  3. El Gobierno rechaza la cesión a Málaga de la Lex Flavia. En una respuesta parlamentaria al PSOE, el Ejecutivo se niega al traslado permanente o temporal del acta fundacional de la ciudad (Diario Sur, 12 marzo 2018, cons. el 13-3-2018).
  4. Según otros autores, ello pudo ser ya en el propio año 69: Alicia M. Canto, "Oppida stipendiaria: los municipios flavios en la descripción de Hispania de Plinio el Viejo", Cuadernos de Prehistoria y Arqueología de la Universidad Autónoma de Madrid 23, 1996: 212-243, espec. pp. 239 y ss.
  5. Stylow, Armin. U. (2001). «La Lex Malacitana, descripción y texto». Mainake. Las Leyes Municipales en Hispania. 150 Aniversario del descubrimiento de la Lex Flavia Malacitana. (23). 39-50. Archivado desde el original el 31 de marzo de 2010. Consultado el 22 de julio de 2008. 
  6. Pérez, Carmen; Salas, S.; González, F.; Moret, C. (diciembre de 2006). «La Lex Flavia Malacitana, cuya copia se exhibe en la Aduana, fue salvada de la fundición por la familia Loring». Sur Digital. Consultado el 22 de julio de 2008. 
  7. Chueca Goitia, Fernando (1998). «Cartas enviadas a Fita». Madrid, pieza clave de España. Real Academia de la Historia. p. 117. ISBN 84-89512-20-5. 
  8. Lecuona, Emilio. «"Jornadas de estudio por el 150 aniversario del hallazgo de la Lex Flavia Malacitana (26-27 de octubre de 2001)"». Consultado el 24 de julio de 2008. 

Bibliografía

  • Curso de Historia del Derecho, fuentes e instituciones político-administrativas de José Antonio Escudero.
  • Rodríguez de Berlanga, M.: Lex Flavia Malacitana, Málaga 1969.
  • León, R.; Canales, A: Lex Flavia Malacitana, Delegación de Cultura, Excmo. Ayto. Málaga, 1978.

Enlaces externos