Bula Menor Inter Caetera de 1493

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Inter caetera
Bula pontificia del papa Alejandro VI
4 de mayo de 1493, año I de su Pontificado

Copia de la Bula Inter caetera del 4 de mayo de 1493, conservada en el Archivo General de Simancas (España). Es el documento más conocido del conjunto alejandrino.
Destinatario Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla
Argumento El Papa confirma y amplía el breve homónimo del 3 de mayo, estableciendo una línea de demarcación a 100 leguas al oeste de las Azores y Cabo Verde. Todas las tierras al oeste de esa línea se otorgan a Castilla.
Ubicación Archivo General de Indias (Sevilla)
Sitio web Texto en latín
Cronología
Breve Inter caetera (3 de mayo de 1493) Eximiae devotionis (3 de mayo de 1493, aunque efectivamente posterior)
Documentos pontificios
Constitución apostólicaMotu proprioEncíclicaExhortación apostólicaCarta apostólicaBreve apostólicoBula
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La Bula Inter caetera (del latín "Entre otras cosas"), conocida a veces como Inter caetera II para distinguirla del breve homónimo del 3 de mayo, fue otorgada por el papa Alejandro VI el 4 de mayo de 1493 en favor de los Reyes Católicos, Fernando e Isabel.

Este documento constituye la pieza central del conjunto diplomático conocido como las Bulas Alejandrinas y representa el intento pontificio de arbitrar el reparto del Atlántico y legitimar la expansión castellana tras el primer viaje de Cristóbal Colón.

Aunque lleva fecha del 4 de mayo, la mayoría de los historiadores coinciden en que fue redactada en junio de ese mismo año, como respuesta a la presión diplomática portuguesa y a las peticiones de los propios Reyes Católicos, que consideraban insuficiente el breve del 3 de mayo.[1]

Contexto histórico

La bula Inter caetera del 4 de mayo de 1493 debe entenderse en el marco de la larga rivalidad luso-castellana por el dominio del Atlántico. El Tratado de Alcaçovas de 1479 había concedido a Portugal el control exclusivo de las costas africanas al sur de las Islas Canarias, pero el regreso de Cristóbal Colón en marzo de 1493, tras su primer viaje a América, reabrió la disputa. El rey portugués Juan II reclamó las nuevas tierras basándose en su interpretación del tratado, mientras que los Reyes Católicos buscaron el respaldo del Papa Alejandro VI, un pontífice de origen valenciano que mantenía estrechos vínculos con la corte española desde antes de su elección.

La gran novedad que introdujo esta bula respecto al breve del 3 de mayo fue la definición de una línea de demarcación. El texto establece un meridiano imaginario desde el polo Ártico al polo Antártico que debe pasar a cien leguas al oeste de las islas Azores y de Cabo Verde. Todas las tierras «halladas y por hallar» al oeste de esa línea serían para los reyes de Castilla y León, siempre que no estuvieran ya en posesión de otro príncipe cristiano antes del 25 de diciembre de 1492. La redacción de este pasaje ha generado numerosos debates entre los historiadores, ya que las islas Azores y las de Cabo Verde no se hallan alineadas en el mismo meridiano, y la medida de la legua utilizada no está especificada, lo que hace imposible situar la línea con exactitud. Algunos autores han sugerido además que la expresión «hacia occidente y el mediodía» podría indicar una línea quebrada, combinación de un meridiano y un paralelo, aunque la interpretación más extendida es que se trata simplemente de un meridiano.[1]

Aparte de la línea de demarcación, la bula del 4 de mayo introduce otros cambios significativos respecto al breve anterior. Suprime toda mención a los derechos de Portugal en África, Guinea y la Mina de Oro, que aparecían en el breve de mayo, evitando así mencionar directamente a la corona lusitana. Añade una referencia explícita a «tierras firmes» (terras firmas), enfatizando el carácter continental de los nuevos descubrimientos, algo que probablemente sugirió el propio Colón. Incluye un breve elogio al Almirante, al que llama «hombre apto y digno de ser tenido en mucho». Y, por último, elimina la frase del breve que hablaba de viajar «hacia los Indios», para evitar confusiones con la nueva redacción que se refiere genéricamente a «la India».[2]

Valor jurídico

La bula Inter caetera del 4 de mayo no tuvo, paradójicamente, efectos prácticos inmediatos. Portugal nunca la reconoció y continuó negociando directamente con los Reyes Católicos, lo que culminó en la firma del Tratado de Tordesillas el 7 de junio de 1494. En ese acuerdo, las dos potencias ibéricas desplazaron la línea de demarcación de 100 a 370 leguas al oeste de Cabo Verde, un cambio que permitiría a Portugal reclamar más tarde la costa de Brasil.

A pesar de ello, las Bulas Alejandrinas en su conjunto, y esta bula en particular, sentaron las bases doctrinales del Derecho indiano. Establecieron la idea de que el Papa, como autoridad espiritual suprema, podía conceder derechos de dominio sobre tierras de infieles a cambio de la obligación de evangelizar a sus habitantes, un principio que durante siglos legitimó la presencia española en América y que sirvió de fundamento al Patronato Regio, el sistema de control real sobre la Iglesia en Indias.

No obstante, el documento ha sido objeto de una intensa revisión crítica. Ya en el siglo XVI, la Escuela de Salamanca, con figuras como Francisco de Vitoria, argumentó que el Papa no tenía poder temporal para donar territorios habitados por pueblos con gobiernos legítimos. Historiadores posteriores, como Henry Harrisse o Manuel Giménez Fernández, han señalado el carácter fragmentado y negociado de las bulas, desmontando la visión de una concesión unilateral y generosa.

El manuscrito original de la Bula se conserva en el Archivo General de Indias de Sevilla, mientras que una copia ilustrada forma parte del patrimonio del Archivo General de Simancas.

Aunque la línea de 100 leguas nunca se aplicó, la Inter caetera del 4 de mayo de 1493 sigue siendo un documento central para entender el orden jurídico internacional de finales del siglo XV y los orígenes de la expansión europea.

Referencias

Bibliografía

Véase también

Enlaces externos