Bulas Alejandrinas

De Hispanopedia
Bulas Alejandrinas
Conjunto de Bulas y Breves apostólicos del papa Alejandro VI
1493, año de su Pontificado

El Papa Alejandro VI
Destinatario Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla
Documentos pontificios
Constitución apostólicaMotu proprioEncíclicaExhortación apostólicaCarta apostólicaBreve apostólicoBula
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Las Bulas Alejandrinas es el nombre colectivo que recibe el conjunto de documentos pontificios emitidos por el papa Alejandro VI en 1493 a petición de los Reyes Católicos, mediante los cuales se concedía a la Corona de Castilla el derecho a conquistar y evangelizar las tierras recién descubiertas en América, así como aquellas que se descubrieran en el futuro hacia el oeste y el sur. La influencia del monarca aragonés Fernando sobre el papa valenciano Rodrigo Borgia (Alejandro VI) fue decisiva para obtener estas concesiones, que también afectaban a los derechos del Reino de Portugal en el Atlántico.

El conjunto está formado por cuatro documentos: el breve apostólico Inter caetera del 3 de mayo; la Bula menor también llamada Inter caetera del 4 de mayo, que es la más conocida y la que introduce por primera vez una línea de demarcación en el Atlántico; la Bula Menor Eximiae devotionis (fechada también el 3 de mayo pero posterior) y la Bula Dudum siquidem del 26 de septiembre.[1]

Antecedentes

La rivalidad entre Castilla y Portugal por el control del Atlántico venía de antiguo. El Tratado de Alcáçovas de 1479 había puesto fin a la guerra de sucesión castellana y establecido un reparto: Portugal conservaba Madeira, las Azores, Cabo Verde, Guinea y la Mina de Oro, mientras que Castilla se quedaba con las Islas Canarias. Este equilibrio se rompió con el regreso de Cristóbal Colón de su primer viaje en marzo de 1493. Colón, que había partido del puerto de Palos el 3 de agosto de 1492, llegó a tierras americanas en octubre y, tras explorar Cuba y La Española, regresó a Europa desembarcando en Lisboa, donde fue recibido por el rey Juan II de Portugal. La noticia del descubrimiento de nuevas tierras al oeste desencadenó una inmediata tensión diplomática, pues el monarca portugués las reclamó basándose en su interpretación del tratado de 1479.

En este contexto, los Reyes Católicos recurrieron a la Santa Sede. El papa Alejandro VI, nacido Rodrigo Borgia en Xàtiva (Valencia), mantenía una estrecha relación con la corte española desde 1472, cuando como legado papal había facilitado la dispensa para el matrimonio de Isabel y Fernando (eran primos segundos). Fernando le había correspondido concediendo cargos eclesiásticos en sus dominios a la familia Borgia: el ducado de Gandía para Pedro Luis (1485), el arzobispado de Valencia para César (1492) y la mano de una prima del rey para Juan (1493).[2] Esta cercanía explica la rapidez y favorabilidad de las concesiones pontificias.

Las negociaciones se llevaron con tal secreto que aún hoy no se han encontrado las instrucciones diplomáticas originales. Se cree que el principal negociador fue Bernardino López de Carvajal, obispo de Cartagena y embajador permanente en Roma, quien pronunció un famoso discurso ante el Colegio Cardenalicio el 19 de junio de 1493. Como recompensa, fue nombrado cardenal el 20 de septiembre de ese mismo año.[3]

Las Bulas

Aunque las Bulas llevan fechas de mayo a septiembre de 1493, los historiadores coinciden en que fueron redactadas en un orden ligeramente distinto. El Breve Inter Caetera del 3 de mayo fue probablemente redactado en abril, enviado a la península el 17 de mayo y recibido una o dos semanas después.[4] Al considerarlo insuficiente frente a las presiones portuguesas, los Reyes enviaron nuevas instrucciones a Roma, lo que llevó a la emisión de la Bula Menor Inter Caetera (la más famosa) en junio. Esta llegó a Sevilla el 19 de julio y fue reenviada a Colón el 4 de agosto. La Eximiae devotionis se escribió en julio y la Dudum siquidem en diciembre.[1]

El Breve del 3 de mayo, el primero de la serie, otorgaba a los Reyes Católicos el dominio sobre las tierras descubiertas por sus enviados, pero no establecía ningún límite geográfico ni mencionaba una línea de demarcación.

Copia de la Bula Inter caetera del 4 de mayo de 1493, la más conocida del conjunto

La Bula del 4 de mayo, en cambio, introdujo la novedad más importante: un meridiano imaginario situado a cien leguas al oeste de las islas Azores y de Cabo Verde. Todas las tierras «halladas y por hallar» al oeste de esa línea pertenecerían a Castilla, siempre que no estuvieran ya en posesión de otro príncipe cristiano antes del 25 de diciembre de 1492. Esta Bula suprimió además toda mención a los derechos de Portugal en África y Guinea, que sí aparecían en el breve anterior, e incluyó un breve elogio a Colón.

La Eximiae devotionis equiparó los derechos de Castilla en las Indias con los que Portugal ya disfrutaba en Guinea y la Mina de Oro, mientras que la Dudum siquidem, la última del conjunto, amplió la concesión a todas las tierras hacia el oeste y el sur, incluso las que pudieran pertenecer a la India, y advirtió que no se permitiría a ningún otro príncipe cristiano navegar hacia esas regiones sin licencia de los Reyes Católicos.[1]

En todas ellas se precisa que la concesión se hace sobre tierras de infieles, sobre las que el Papa, como vicario de Cristo, tiene potestad para disponer. Los Reyes reciben el dominio «como señores con plena, libre y absoluta potestad, autoridad y jurisdicción», y se prohíbe a cualquier persona, sea cual sea su dignidad, incluso imperial o real, comerciar o navegar hacia esas tierras sin licencia expresa de los monarcas castellanos, bajo amenaza de excomunión. La única contrapartida impuesta es la obligación de evangelizar a los habitantes de los nuevos territorios.

Valor jurídico

El efecto práctico de las Bulas Alejandrinas fue limitado. Francia e Inglaterra las ignoraron, pues sus iglesias nacionales no reconocían la jurisdicción suprema del Papa en asuntos temporales.[4] Portugal, la potencia más directamente perjudicada, abrió una negociación directa con los Reyes Católicos que culminó en el Tratado de Tordesillas (1494). Este acuerdo desplazó la línea de demarcación de 100 a 370 leguas al oeste de Cabo Verde, lo que permitiría a Portugal reclamar más tarde la costa de Brasil. El tratado estipuló además que, aunque se solicitaría confirmación papal, ninguna de las partes podría ser dispensada de cumplirlo por un mero motu proprio del Papa.[5]

A pesar de su escasa eficacia práctica inmediata, las Bulas Alejandrinas se consideran tradicionalmente el primer hito del Derecho Indiano, el conjunto de normas jurídicas vigentes en América durante la dominación española.[6] También sentaron las bases del Patronato Regio, el sistema que otorgaba a la Corona española amplias prerrogativas sobre la organización eclesiástica en América a cambio de sostener la evangelización. Los debates intelectuales que provocaron, conocidos como la polémica de los naturales, alcanzaron sus momentos culminantes en la Junta de Burgos (1512) y la Junta de Valladolid (1550-1551), donde se enfrentaron Juan Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de las Casas sobre los justos títulos de la dominación española en América.

Las opiniones sobre el valor jurídico de las Bulas han sido muy diversas. Algunos autores sostienen que el Papado se limitó a actuar como fedatario mayor, registrando los hechos de los monarcas. Otros las consideran una verdadera concesión religiosa sobre tierras de infieles, consideradas res nullius (sin dueño legítimo) en la doctrina canónica de la época.[7]

Un detalle jurídico de importancia es que la concesión se hace a Isabel y Fernando en tanto que reyes de Castilla y León, no de Aragón, que queda al margen. Además, los destinatarios son los reyes y sus herederos, no los reinos, lo que significa que la jurisdicción marítima no correspondía a los Almirantes de Castilla sino directamente a la Corona.[8]

Referencias

  1. 1,0 1,1 1,2 GUTIÉRREZ ESCUDERO, Antonio (1990). América: Descubrimiento de un mundo nuevo. Madrid: Istmo. ISBN 84-7090-217-2. 
  2. CLOULAS, Yvan (1987). Les Borgia. ISBN 978-2213019918. 
  3. GOÑI GAZTAMBIDE, José (1992). «Bernardino López de Carvajal y las bulas alejandrinas». Anuario de historia de la Iglesia (1): 93-112. 
  4. 4,0 4,1 VANDER LINDEN, H. (oct 1916). «Alexander VI. and the Demarcation of the Maritime and Colonial Domains of Spain and Portugal, 1493-1494». The American Historical Review 22 (1): 1-20. 
  5. Davenport, 1917, p. 92.
  6. DE LA TORRE RANGEL, Jesús Antonio. Confesionarios: Uso del Derecho Canónico a favor de los indios. Archivado desde el original el 29 de diciembre de 2009. Consultado el 21 de mayo de 2009. 
  7. MARTÍNEZ MARTÍNEZ (2003). «Historia del Derecho en América Hispana». Anuario de la facultad de Derecho XXI: 503-517. Consultado el 21 de mayo de 2009. , pág. 511
  8. SUÁREZ FERNÁNDEZ, pág.103

Bibliografía

Véase también

Enlaces externos

Textos completos en latín de las Bulas Alejandrinas en Wikisource: