Cabildo indígena

De Hispanopedia
Cabildo indígena
Localización
País ColombiaBandera de Colombia Colombia

El Cabildo indígena es, en Colombia, una entidad de derecho público de carácter especial con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía administrativa. Es la autoridad tradicional que gobierna el Resguardo (Territorio indígena), ejerciendo funciones de gobierno interno, administración del territorio y representación ante las autoridades nacionales y locales.

Está conformado por miembros de una comunidad indígenas colombianas elegidos o reconocidos según sus usos, costumbres y organización sociopolítica tradicional. Su función principal es representar legalmente a la comunidad, ejercer autoridad sobre el resguardo indígena y realizar las actividades que le atribuyen la Constitución, la ley, sus usos y costumbres y el reglamento interno de cada pueblo.[1][2]

Sus orígenes se remontan a los Cabildo de Indios de la época virreinal, aunque su reconocimiento en la época republicana no se dio hasta la Ley 89 de 1890, que reguló la organización de los cabildos indígenas y diversos asuntos relativos a los resguardos. Su artículo 3 dispuso que las parcialidades contaran con un cabildo nombrado conforme a sus costumbres y estableció un período anual.

La ley atribuyó a estas corporaciones funciones como la formación de censos, la custodia de títulos y documentos, el registro de asignaciones de tierras y la defensa de los intereses comunitarios. También contempló su actuación ante las autoridades para impugnar negocios perjudiciales para la comunidad.[3]

Aunque proporcionó instrumentos utilizados para proteger los resguardos, la ley se redactó dentro de un marco tutelar y asimilacionista. Su contenido no puede trasladarse íntegramente al presente sin considerar la Constitución y la jurisprudencia posteriores, especialmente, la de la Constitución de 1991, que fortaleció su autonomía y el respeto a los usos y costumbres indígenas. [4]

Gobierno

En muchos Cabildos existe la figura de Gobernador indígena, que está reconocido como servidor público y tiene autonomía sobre el territorio y la población del cabildo indígena, y se considera como una autoridad civil dentro del mismo, reconocido también como servidor público, en virtud del artículo séptimo de la Constitución Política de Colombia: "El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana".[5]

Además, el artículo 63 de la carta magna de Colombia habla sobre los territorios indígenas:

"Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables", con lo cual cuentan con un nivel de protección especial en el cual no operan las mismas leyes que para otros territorios del país en cuanto a su manejo y cuidado, al considerarse que Colombia es un estado pluriétnico y pluricultural, en el cual además se protege su cultura e idioma, según el artículo 10 de la misma Constitución: "Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe".

Su artículo 246 reconoce el ejercicio de funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, conforme a sus normas y procedimientos y dentro del marco constitucional. Este reconocimiento transformó el fundamento jurídico de la autonomía indígena. En la Sentencia C-139 de 1996, la Corte Constitucional declaró inconstitucionales los artículos 1, 5 y 40 de la Ley 89 de 1890 y explicó que ello no suprimía las facultades normativas y jurisdiccionales de las autoridades indígenas.[6]

Cabildo y resguardo

El ordenamiento colombiano define el cabildo indígena como una entidad pública especial integrada por miembros de la comunidad, elegidos y reconocidos por ella. Sus funciones comprenden la representación legal, el ejercicio de la autoridad y las actividades derivadas de las leyes, los usos, las costumbres y el reglamento comunitario.[7]

El cabildo y el resguardo no son conceptos equivalentes. El primero es una organización de autoridad y representación; el segundo es una institución territorial y de propiedad colectiva. Además, el ordenamiento reconoce autoridades tradicionales cuya organización no tiene por qué reproducir la estructura de un cabildo.

El Decreto 2164 de 1995 recogió estas distinciones y reguló la intervención de cabildos y autoridades tradicionales en procedimientos relativos a los resguardos. Sus disposiciones fueron posteriormente compiladas en el Decreto 1071 de 2015.[8]

Estadísticas

Según los datos del Ministerio del Interior de Colombia a 2022, existen cerca de 1.200.000 colombianos registrados como indígenas y viviendo en cabildos y resguardos indígenas, por lo cual representan aproximadamente un 2,5% de la población del país.

Existen más de 900 entidades registradas como resguardos y cabildos indígenas, algunos formal y otros informalmente.[9]

Véase también

Referencias

  1. ↑ «Glosario de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de la alcaldía mayor de Bogotá». Alcaldía Mayor de Bogotá. Consultado el 1 de octubre de 2023. 
  2. ↑ «Concepto Sala de Consulta C.E. 1297 de 2000 Consejo de Estado». Alcaldía Mayor de Bogotá. Consultado el 1 de octubre de 2023. 
  3. ↑ Error en la cita: Etiqueta <ref> no válida; no se ha definido el contenido de las referencias llamadas ley89
  4. ↑ «Sentencia C-463 de 2014». Corte Constitucional de Colombia. 2014. Consultado el 21 de octubre de 2026. 
  5. ↑ «Constitución Política de Colombia de 1991». Gobierno de Colombia. Consultado el 1 de octubre de 2023. 
  6. ↑ «Sentencia C-139 de 1996». Corte Constitucional de Colombia. 1996. Consultado el 21 de octubre de 2026. 
  7. ↑ Error en la cita: Etiqueta <ref> no válida; no se ha definido el contenido de las referencias llamadas ley2160
  8. ↑ «Decreto 2164 de 1995». Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 7 de diciembre de 1995. Consultado el 21 de octubre de 2026. 
  9. ↑ «Resguardos indígenas a nivel nacional 2020». Ministerio del Interior Colombia. Consultado el 1 de octubre de 2023.