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Convenio Salgar-Wyse
| Tratado Salgar-Wyse | ||
|---|---|---|
| Tipo de tratado | Tratado de límites | |
| Firmantes |
| |
| Idioma | Español y francés | |
El Tratado Salgar-Wyse fue un acuerdo internacional firmado el 20 de agosto de 1870 en Bogotá, Colombia, entre la República de Colombia y Francia. Fue negociado por Manuel Salgar, Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, y Lucien Napoléon Bonaparte-Wyse, representante de la Sociedad Civil del Canal Interoceánico del Atrato.
El Tratado buscaba resolver las disputas limítrofes entre los dos países en la región del istmo de Panamá y otorgar concesiones para la construcción de un canal interoceánico.
Antecedentes
A mediados del siglo XIX, el interés por construir un canal interoceánico a través del istmo de Panamá creció significativamente. Varias potencias, incluyendo Francia y Estados Unidos, buscaban asegurar derechos y concesiones en la región. Colombia, que entonces incluía Panamá, buscaba definir sus fronteras y obtener beneficios económicos de la construcción del canal.
Contenido del Tratado
El tratado Salgar-Wyse establecía[1]
- Definición de límites entre Colombia y la zona de influencia francesa en la región del Atrato.
- Concesión a la Sociedad Civil del Canal Interoceánico del Atrato para realizar estudios y construir un canal a través del istmo de Panamá, específicamente por la ruta del río Atrato.
- Exenciones fiscales y aduaneras para la compañía constructora.
- Protección militar por parte de Colombia a la compañía constructora.
- Participación de Colombia en los beneficios del canal.
Controversias
El tratado generó controversia tanto en Colombia como en otros países. En Colombia, se criticó la amplitud de las concesiones otorgadas a la compañía francesa. Estados Unidos también expresó su preocupación por la influencia francesa en la región.
El presidente estadounidense Rutherford Hayes en su mensaje especial al Congreso, el 8 de marzo de 1880, señaló al respecto:
“El objetivo de este país es un canal bajo control americano. Los Estados Unidos no pueden consentir en la entrega de este control a alguna potencia europea o a alguna combinación de potencias europeas. Si los tratados existentes entre los Estados Unidos y otras naciones (refiriéndose a Inglaterra), o si los derechos de soberanía o propiedad de otras naciones (refiriéndose al Tratado Mallarino-Bidlack entre los Estados Unidos y la Nueva Granada) obstaculizan la cristalización de este objetivo, deben darse los pasos adecuados por medio de negociaciones justas y liberales (con Inglaterra y la Nueva Granada, o con un Panamá independiente -el autor) para impulsar y establecer el objetivo americano…Un canal interoceánico a través del istmo american será el gran puente oceánico entre nuestras costas del Atlántico y del Pacífico, y virtualmente una parte de la línea costanera de los Estados Unidos. Tan solo nuestro interés comercial en él es mayor que el de los otros países, mientras que su relación con nuestros medios de defensa, nuestra unidad, paz y seguridad, es un asunto de primera importancia para el pueblo de los Estados Unidos. Ninguna otra potencia bajo circunstancias similares dejaría de afirmar su control legítimo sobre una empresa que afecte su interés y bienestar de una manera tan íntima y vital”.
Anulación
Posteriormente el fracaso de la empresa se atribuyó a varias causas: errores técnicos cometidos durante el estudio, mala administración, malversación del dinero, descrédito de la empresa, los obstáculos del Corte Culebra y las enfermedades como la fiebre amarilla, la malaria y el cólera, por su parte, el 4 de febrero de 1889, la Compañía Universal del Canal Interoceánico fue intervenida judicialmente.
El tratado fue posteriormente anulado por el Congreso de Colombia en 1878, debido a la presión interna y externa, y la falta de cumplimiento de los términos del tratado por parte de la empresa francesa, alegando errores técnicos cometidos durante el estudio, mala administración, malversación del dinero, descrédito de la empresa, y los obstáculos del Corte Culebra. El 4 de febrero de 1889, la Compañía Universal del Canal Interoceánico fue intervenida judicialmente.
Consecuencias
El Tratado Salgar-Wyse es un ejemplo de las tensiones y rivalidades internacionales en torno a la construcción del canal interoceánico de Panamá. Aunque no se materializó en la construcción del canal, sentó precedentes y demostró el interés de las potencias europeas en la región.
La ruta del Atrato fue considerada como una alternativa al Canal de Panamá hasta el siglo XX.
Véase también
Referencias
- ↑ Convenio Salgar-Wyse Prezi