| Contenidos de Wikipedia en español bajo licencia CC BY-SA 4.0 ⇔ Mapas de OpenStreetMap bajo licencia ODbL |
San Alberto (Cesar)
| San Alberto | ||||
|---|---|---|---|---|
| Municipio | ||||
| ||||
| Entidad | Municipio | |||
| • País | Colombia | |||
| • Departamento | Cesar | |||
| Eventos históricos | ||||
| • Fundación | 20 de mayo de 1955[1] | |||
| • Erección | 1977[1] | |||
| Superficie | ||||
| • Total | 676.1 km²[1] | |||
| Altitud | ||||
| • Media | 125 m s. n. m. | |||
| Población (2025) | ||||
| • Total | 31 090 hab.[2] | |||
| • Urbana | 24 733 hab. | |||
| Gentilicio | Sanalbertense | |||
| Huso horario | UTC -5 | |||
| Sitio web oficial | ||||
| 📍 Explorar este lugar |
|---|
| 🎫 Guías Turísticos (Enlace Afiliado) |
| 🧭 Wikiviajes (Guía Libre) |
| 🗺️ OpenStreetMap (Mapa Abierto) |
San Alberto es un municipio del departamento del Cesar, ubicado al norte de Colombia.
Es considerado "la puerta del Caribe colombiano". Este municipio se basa principalmente en los cultivos de palma africana, arroz, maíz, caña de azúcar y explotaciones mineras.
Historia
En 1955 fue fundada por Luis Felipe Rivera Jaimes quien junto a su esposa de ascendencia alemana, Ana Isabel Stapper, colonizaron las extensiones de tierras y construyeron el pueblo que hoy es San Alberto. El nombre de San Alberto fue tomado por el río que pasa por la población, que desde época de la colonia ostentaba el nombre de Río San Alberto del Espíritu Santo, según se puede constatar en la comisión geográfica realizada por Agustín Codazzi a mitad del siglo XIX
Se convirtió en municipio en noviembre del año 1967 siendo segregado del municipio del Río de Oro.
División Político-Administrativa
Además de su Cabecera municipal. San Alberto tiene bajo su jurisdicción los siguientes Centros poblados:
- La Llana
- La Palma
- Líbano
- Puerto Carreño
Referencias
- ↑ 1,0 1,1 1,2 «Información general de San Alberto». Alcaldía del municipio. Consultado el 1 de mayo de 2015.
- ↑ «Censo 2018 - Población ajustada por cobertura». DANE. Consultado el 1 de marzo de 2025.