Tratado de Lisboa (1668)

De Hispanopedia
Tratado de Lisboa
Tratado de paz entre España y Portugal

Portada del Tratado de Lisboa de 1668 (edición impresa portuguesa).
Tipo de tratado Tratado de paz
Redacción 1667-1668
Firmado 13 de febrero de 1668
Convento de Santo Elói (o San Eloy), Lisboa, Reino de Portugal
En vigor Publicación en 15 días; ratificaciones posteriores
Vigencia Perpetua
Firmantes Gaspar de Haro y Guzmán (por España); Nuno Álvares Pereira de Melo, Vasco Luís da Gama, João da Silva, António Luís de Meneses, Henrique de Sousa Tavares y Pedro Vieira da Silva (por Portugal)
Partes [[Archivo:{{{bandera alias-1668}}}|20x20px|border|Bandera de España]] Monarquía Hispánica
[[Archivo:{{{bandera alias-1668}}}|20x20px|border|Bandera de Portugal]] Reino de Portugal
Idioma Español y portugués
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El Tratado de Lisboa de 1668 fue un acuerdo de paz firmado el 13 de febrero de 1668 en el Convento de Santo Elói (conocido en español como Convento de San Eloy) de Lisboa, entre la Monarquía Hispánica (representada por la regente Mariana de Austria en nombre de Carlos II) y el Reino de Portugal (representado por el príncipe regente Pedro en nombre de Alfonso VI). Contó con la mediación de Inglaterra, a través de Edward Montagu, I conde de Sandwich, embajador de Carlos II de Inglaterra.[1]

Este Tratado puso fin definitivo a la Guerra de Restauración portuguesa (1640-1668), un conflicto de 28 años que había comenzado con la revuelta del 1 de diciembre de 1640 contra la Unión Ibérica. España reconoció implícitamente la soberanía de la Dinastía de Braganza y la independencia de Portugal, poniendo fin a la unión personal de las coronas (1580-1640) y a la situación de beligerancia indefinida que se había mantenido durante la guerra.

Antecedentes

Desde 1580, Portugal había estado unido dinásticamente a los reinos hispánicos bajo la Casa de Austria (Felipe II, Felipe III y Felipe IV), en una unión aeque principaliter que mantenía la autonomía formal de cada reino, pero compartía monarca.

Esta unión se rompió en 1640 debido a una combinación de factores: el descontento de la nobleza portuguesa por la política centralizadora de Madrid, la sobrecarga fiscal para financiar las guerras españolas (como la Guerra de los Treinta Años y la Guerra Franco-Española), y el deseo de restaurar la independencia bajo una dinastía nacional, la Casa de Braganza.

El 1 de diciembre de 1640, un golpe de Estado en Lisboa proclamó rey a Juan IV de Braganza, iniciando la Guerra de Restauración. Portugal recibió apoyo de Francia (aliada contra España) y, sobre todo, de Inglaterra mediante el Tratado de Westminster (1654) y el matrimonio de Catalina de Braganza con Carlos II de Inglaterra (1662), que incluyó la cesión de Tánger y Bombay.

España, agotada por múltiples conflictos europeos, sufrió derrotas clave como las batallas de Ameixial (1663), Castelo Rodrigo (1664) y Montes Claros (1665). El Tratado de Madrid (1667) entre Inglaterra y España facilitó la mediación inglesa para la paz.

Delegaciones y negociaciones

Por parte española intervino Gaspar de Haro y Guzmán, Marqués del Carpio, plenipotenciario de la reina regente Mariana de Austria.

Por Portugal actuaron seis plenipotenciarios en nombre de Alfonso VI (incapacitado) y su regente Pedro (futuro Pedro II):

  • Nuno Álvares Pereira de Melo, duque de Cadaval;
  • Vasco Luís da Gama, marqués de Niza;
  • João da Silva, marqués de Gouveia;
  • António Luís de Meneses, marqués de Marialva;
  • Henrique de Sousa Tavares da Silva, conde de Miranda;
  • Pedro Vieira da Silva.

El mediador fue Edward Montagu, embajador inglés, quien actuó como fiador del tratado.

El documento se firmó el 13 de febrero de 1668 en el Convento de Santo Elói, un antiguo convento de los loios en el centro histórico de Lisboa.

Contenido del tratado

El tratado constaba de 13 artículos principales, redactados en español y portugués. Sus puntos clave fueron:

  • Paz perpetua — Cese inmediato de hostilidades por tierra y mar, con compromiso de no reanudarlas.
  • Restitución territorial — Devolución mutuas de plazas y bienes ocupados durante la guerra, en el estado previo a 1640. Excepciones: Ceuta (y la aldea de Hermisende) permanecieron en poder de España; Olivenza, ocupada por España en 1657, fue devuelta a Portugal.
  • Libertad de comercio y circulación — Súbditos de ambos reinos podían comerciar y viajar libremente, recuperando privilegios anteriores a la guerra (similares a los concedidos a Inglaterra).
  • Amnistía y prisioneros — Liberación de todos los prisioneros de guerra y amnistía general; restitución de propiedades confiscadas.
  • Alianzas — Portugal quedaba libre para aliarse con quien quisiera, incluyendo la confirmación de sus lazos con Inglaterra.
  • Otras cláusulas — Garantías contra piratería, nulidad de disposiciones contrarias a la paz y obligación de ratificación por Inglaterra como fiador.

El reconocimiento de la independencia no fue explícito en el texto, pero se derivaba de la aceptación de Alfonso VI como rey legítimo y la renuncia a las reclamaciones sobre Portugal.[2]

Ratificación

España ratificó el tratado el 23 de febrero de 1668 (por Mariana de Austria). Portugal lo hizo el 3 de marzo de 1668 (por el príncipe Pedro) y, adicionalmente, el 15 de diciembre por Alfonso VI. Inglaterra ratificó como mediadora en los meses siguientes. La paz se publicó en un plazo de 15 días.

Consecuencias

El Tratado de Lisboa marcó el fin de la Unión Ibérica y consolidó la independencia portuguesa tras 60 años de unión y 28 de guerra.

Para España supuso un alivio económico y militar, permitiendo concentrarse en amenazas como Francia (guerra de Devolución inminente).

Para Portugal, significó la legitimación internacional de los Braganza, y un giro hacia alianzas atlánticas, especialmente con Inglaterra, que impulsó su imperio comercial en Brasil y Asia.

A largo plazo, fomentó en Portugal un proceso de "des-iberización" cultural y político, reforzando su identidad nacional.

En España, el tratado fue visto con amargura por sectores conservadores, pero fue inevitable dada la debilidad de la monarquía de Carlos II.

Las fronteras ibéricas se estabilizaron, aunque tensiones menores persistieron (como en Olivenza, disputada hasta el siglo XIX). El acuerdo sentó las bases para la neutralidad portuguesa en conflictos europeos posteriores.[3]

Referencias

  1. Texto del Tratado de Lisboa (1668). Disponible en: Constitución Web.
  2. Martín Marcos, David (2014). Península de recelos. Portugal y España, 1668-1715. Marcial Pons.
  3. «O Tratado de Lisboa». RTP Ensina. Consultado el 13 de febrero de 2026.